Conditions de Pago:
TOMANDO EN CUENTA QUE el Prestamista presta determinado dinero (el "Préstamo") al Prestatario, y que el Prestatario paga el préstamo al Prestamista, ambas partes acuerdan guardar, cumplir y satisfacer las promesas y condiciones expresadas en el presente Acuerdo:
Cantidad del Préstamo e Intereses
1. El Prestamista promete prestar la cantidad indicada en el comprobante de pago al Prestatario y el Prestatario promete pagar esta cantidad al Prestamista sin intereses pagaderos sobre el saldo no pagado, dentro del número de periodos de pago indicados en el comprobante de pago. Cada periodo de pago representa un periodo de 28 días.
Pagos
2. Dicho Préstamo se pagará en plazos consecutivos de 28 días del total de la cantidad indicada en el comprobante dividido por el número de pagos, comenzando 28 días después el primer pago o la primera visita a la finca, según anotado por Swift52 Mobile.
3. En cualquier momento aunque no se encuentre en mora según el presente Acuerdo, el Prestatario puede pagar el saldo pendiente entonces debido según el presente Acuerdo al Prestamista sin ninguna ventaja ni sanción.
Incumplimiento
4. No obstante cualquier cosa al contrario en el presente Acuerdo, si el Prestatario incumple cualquiera de sus obligaciones bajo el presente Acuerdo, entonces el Prestamista puede declarar que la cantidad que se deba, y los intereses acumulados en ese momento bajo el presente Acuerdo, sean inmediatamente debidos y pagaderos.
5. Además, si el Prestatario declara que haya una cantidad debida y pagadera inmediatamente bajo el presente acuerdo y que el Prestamista no haga un pago completo, se cargará intereses a razón de $20 por periodo de 28 días, se cargarán a la cantidad pendiente, comenzando en el día que se ha declarado debida y pagadera, hasta que se haya recibido el pago total por parte del Prestamista.
Cláusula adicional
6. Si no se realiza el pago en el periodo de 28 días.
Legislación aplicable
7. El presente Acuerdo se interpretará de acuerdo con y regido por las leyes de la Provincia de Ontario.
Costos
8. Todo costo, gasto y desembolso, incluido pero sin limitarse a, los costos legales completos incurridos al hacer cumplir el presente Acuerdo como resultado de cualquier incumplimiento de parte del Prestatario, se añadirán a la cantidad entonces debida y serán pagados inmediatamente por el Prestatario.
Efecto vinculante
9. El presente Acuerdo pasará al beneficio y vinculará los respectivos herederos, sucesores y cesionarios permitidos del Prestatario y del Prestamista. El Prestatario renuncia presentación al cobro, notificación de no pago, protesta y notificación de protesta.
Modificaciones
10. El presente Acuerdo tan sólo puede modificarse o enmendarse por un instrumento escrito ejecutado tanto por el Prestatario como el Prestamista.
Divisibilidad
11. Las cláusulas y párrafos contenidos en el presente Acuerdo se destinan a leerse y interpretarse independientemente de cada uno de los demás. Si cualquier estipulación, pacto, condición o disposición del presente Acuerdo sea considerado por una Corte de Jurisdicción Competente ser inválido, nulo o inejecutable, es la intención de las partes de que el alcance de tal disposición esté reducido tan sólo en la medida considerada necesaria por la Corte para hacer tal disposición razonable y ejecutable y el resto de las disposiciones del presente Acuerdo no serán afectadas, perjudicadas o invalidadas como resultado.
Disposiciones generales
12. Los títulos se han puesto únicamente para la comodidad de las partes y no se han de tomar en cuenta cuando se interprete el presente Acuerdo. Las palabras en singular significan e incluyen el plural y viceversa. Palabras en forma masculina significan e incluyen la forma femenina y vice versa.
Acuerdo completo
13. El presente Acuerdo constituye la totalidad del acuerdo entre las partes y no hay otras condiciones o disposiciones, ni orales ni de cualquier otra forma.
Incumplimiento
14. El Prestatario está de acuerdo que si un pago no se realiza dentro del periodo de tiempo acordado, el Prestamista tiene pleno permiso de hablar con su empleador y a embargar el 10% del salario pagado.